domingo, 5 de julio de 2015

EL PODER EJECUTIVO QUE NECESITAMOS

EENDDTP



Esta forma del Poder Público Nacional ha sido, en la experiencia institucional venezolana, el factor dominante con una influencia y gravitación excesiva sobre los Poderes legislativo y Judicial y la vida nacional; a tal punto que la cultura política nuestra lo ha considerado como la verdadera y única instancia de gobierno de la República.  Esta apreciación popular se basa en el hecho cierto de que, salvo en escasos y breves periodos de civilidad, el Ejecutivo ha sometido a una relación de servidumbre y subordinación a los otros Poderes. Este predominio, absorbente y real, tiene su origen en causas y razones históricas y sociológicas muy claras que, en esta ocasión, no voy a examinar. 

El predominio excesivo del Poder Ejecutivo, encarnado en un presidencialismo desbordado, tiene una primerísima responsabilidad en el fallido intento de establecer y consolidar un sistema democrático, en el cual las tres (3) Ramas clásicas del Poder Público Nacional ejecuten cada una las funciones que les son propias de una manera ordenada, independiente y autónoma, dentro de una situación de deseado equilibrio, sin dejar de cumplir con la previsión constitucional de la respectiva vigilancia y mutuo control.

Actuando dentro de los limites específicos que me he trazado para establecer esta comunicación con mis conciudadanos sobre materias que nos tocan tanto en lo individual como en lo colectivo, señalaré de manera sucinta la causa generadora de la deformación de la institución de La Presidencia de La República como asiento del Poder Ejecutivo; hecho que gravita con peso asfixiante en la cotidianidad y normalidad de la vida nacional.

Esta causa, que opera como una constante histórica del quiebre democrático, la representa las EXCESIVAS ATRIBUCIONES, AUTORIZACIONES Y PRIVILEGIOS  que los diversos textos Constitucionales han concedido al Presidente de la República, en desmedro del desenvolvimiento armonioso del Estado de Derecho y en perjuicio de la protección jurídica y el respeto de los derechos individuales y corporativos.

Manifestaciones concretas del señalado y perverso fenómeno político de distorsión de la estructura funcional del Estado lo constituyen, de manera relevante, los siguientes excesos que, a favor del cargo presidencial, establece la Constitución.

El Presidente, actualmente es, al mismo tiempo:
  1. Jefe del Estado
  2. Jefe del Gobierno
  3. Jefe de la Administración Pública.
  4. Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional.
  5. Autoridad única en materia de ascensos militares,
  6. Jefe y autoridad única de la política exterior de la República.
  7. Autoridad única para el nombramiento de embajadores, misiones diplomáticas y militares en el exterior.
  8. Autoridad única para la celebración de tratados y acuerdos internacionales.
  9. Autoridad única para la contratación de préstamos extranjeros.
  10. Jefe del Patrimonio Nacional.
  11. Jefe de las Finanzas Públicas.
  12. Autoridad única para el nombramiento del Presidente y Directorio del Banco Central de Venezuela.
  13. Responsable para la elaboración del Presupuesto Nacional.
  14. Competente para disolver la Asamblea Nacional (congreso).
  15. Competente para legislar sobre cualquier materia de interés local, regional o nacional, mediante habilitación, invadiendo la competencia del Poder Legislativo.
  16. Facultado para ausentarse del país y estar afuera por el tiempo que le plazca, sin señalar el motivo del viaje y acreditar la necesidad.
  17. Autoridad para expropiar y confiscar propiedades de particulares, sin justificar el interés o necesidad social.
  18. Competente para crear ministerios y otras dependencias públicas a su antojo y sin limitación alguna.
  19. Puede disponer de fondos públicos en cantidades ilimitadas (gastos personales y secretos), exentos de control.
  20. Tiene un Ejercito Particular encuadrado dentro de la figura de la Casa Militar, que dispone entre otras estructuras de un regimiento (Regimiento de la Guardia de Honor Presidencial).
  21. Puede disponer a su antojo y en forma gratuita (sin pagar ni un centavo),  mediante las llamadas Cadenas de Radio y Televisión, de todos los medios de comunicación audio visuales y radiales que son de propiedad privada, sin limitación alguna.
  22. Facultado para dictar Estados de Excepción, sin acreditar las causas y sin el debido control, en detrimento de los derechos y las garantías ciudadanas.
  23. Es elegido al cargo de Presidente de la República con exigua legitimidad electoral, contraviniendo el principio de la Soberanía Popular.
  24. Asciende a la Jefatura del Estado sin acreditar una profesión u oficio conocido y respetable.
  25. Etcétera ( como es posible que haya omitido algo, a partir de este numeral, los invito a ustedes apreciados conciudadanos, para completar).
Ante estas anomalías, excesos y desaciertos permitidos, hasta ahora, por la norma constitucional que excluyen al Estado, la administración y los actos presidenciales del debido control institucional y ciudadano al que siempre deben estar sometidos, propongo a la Nación venezolana un Poder Ejecutivo racional, manejable, austero y totalmente constitucional y constitucionalizado, con la suficiente capacidad y energía para cumplir a cabalidad con su función y cometidos, concebido de la siguiente manera:
  • Debe ser elegido por mayoría absoluta; esto es, con el 51 % de todos los votos válidamente emitidos. De no lograrse este porcentaje, se debe realizar una segunda vuelta entre los dos (2) candidatos más votados.
  • Debe ser venezolano por nacimiento y con esta sola nacionalidad acreditada documentalmente y de manera autentica.
  • Debe ser mayor de 45 años, con lo cual se busca capacidad, experiencia y reconocimiento social.
  • Debe ser profesional de reconocida trayectoria y tener un oficio respetable.
  • Debe ser seglar, no militar activo y de estado civil casado.
  • No debe tener prontuario criminal.
  • Debe presentar "Declaración Jurada de Patrimonio" al momento de postularse como candidato, al momento de recibir el cargo y al momento de entregarlo.
  • El lapso o periodo Presidencial debe ser igual a Seis (6) años, sin reelección absoluta.
Para hacer las necesarias correcciones de las exageraciones indicadas en los numerales precedentes, se precisa de una "reforma constitucional" que ponga fin al largo periodo de "gobierno de facto" que se inició de manera concreta, en fecha 25 de abril de 1999, oportunidad en la que el entonces Consejo Supremo Electoral (CSE)  convocó a un referéndum para la Asamblea Nacional Constituyente, en violación flagrante de la Constitución vigente que no contemplaba este medio de reforma; situación de factualidad e ilegitimidad de poderes y de gobierno que se prolonga hasta el día de hoy.  Pero desaparecido el gobierno de facto, debe iniciarse un proceso de reforma que concluya, en lo atinente al poder Ejecutivo, con una apertura que libere al Presidente de la concentración de funciones y atributos y las redistribuya, compartiendo unas con la Cámara de Senadores (Una vez restablecido el Congreso Bicameral) y otras con una Vicepresidencia Ejecutiva de la República; institución esta que sería de origen electivo, sometida a las mismas pautas y exigencias valederas para la elección presidencial. En el caso de optarse por una vicepresidencia electiva, debería descargarse al Presidente de la República de la rutina de la administración pública y de aquellas funciones y actos que no comprometan al Estado con los demás Poderes, ni a la República con terceros.

En todo caso, al Presidente hay que relevarlo de la condición de "Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional", por el hecho de que "COMANDANTE" es un cargo esencialmente de la profesión castrense, inherente a la función o rol de conducción de tropas, que le da la República a un oficial tanto en las actividades propias de la vida en guarnición como en campaña; oficios estos que no puede ejercer un civil y que nunca desempeñará un Presidente pues él, en este sentido, únicamente debe tener la responsabilidad de tomar las más altas decisiones en materia militar, las cuales deben ser ejecutadas sin dilación alguna por todos los comandantes de tropas en todos los diferentes niveles de mando. Por su condición de Jefe de Estado el Presidente de la República es la más alta autoridad nacional y por consiguiente, dada la magnitud de las decisiones que en materia militar estará facultado para tomar, deberá ser reconocido como "LA MÁS ALTA AUTORIDAD MILITAR", constituyendo esta responsabilidad el vínculo mediante el cual se consolida la subordinación de la Institución Armada al Poder Civil.

En tal caso, en el proceso de reforma constitucional se dejará establecido, con toda claridad, cuales actos de la Presidencia de la República, en consideración a su relevancia e impactos internos y externos, requerirán de la participación del Congreso o de la Cámara del Senado para su validez y eficacia.

Resumiendo, propongo:
  1. Que el Poder Ejecutivo solo pueda cumplir funciones de administración y de gobierno.
  2. Considerar al Presidente de la República como la Más Alta Autoridad Militar, mas no como Comandante de nada.
  3. Que el Presidente de la República no pueda ejercer funciones legislativas, sino las reglamentarias de acuerdo a las leyes.
  4. Que la legitimidad electoral del Presidente sea por mayoría absoluta (51%); de lo contrario se debe realizar doble vuelta electoral.
  5. No a la reelección absoluta.
  6. Reducir el tamaño burocrático del Estado a no mas de 15 despachos ministeriales.
  7. El establecimiento de una Vicepresidencia de origen electoral.
  8. La validación del Senado de la República para el nombramiento de embajadores, misiones diplomáticas y militares en el exterior; para la validez y eficacia de Tratados, Convenciones y Acuerdos internacionales;  y para la legalidad de la contratación de prestamos extranjeros.
Quedan pendientes otras previsiones y ajustes de conveniente realización en el irrenunciable propósito de tener un Poder Ejecutivo controlable por el ciudadano,  despojado de pretensiones hegemónicas, predecible y eficaz en sus actuaciones y, sobre todo, eliminado como factor propicio para aventuras totalitarias y antidemocráticas. Esos ajustes esperan por su tiempo de realización.


Saludo libertario: 
Ángel Vivas



¡MUERA LA TIRANÍA VIVA LA LIBERTAD!
GENERALÍSIMO DE MAR Y TIERRA DON FRANCISCO DE MIRANDA
2 DE FEBRERO DE 1806



DDLEEUQOM

9 comentarios :

  1. Estimado Gral. 1ro.- que el Ejecutivo no tenga ingerencia en el nombramiento de los funcionarios del TSJ. Fiscalia. contraloria. Cne. 2do.- Que el Congreso Nacional valide el nombramiento de Ministros y Vice-ministros. Ademas que los proyectos de interes nacional sean dados por concurso, no a la desviacion de recursos no a las partidas secretas, ni a cualquier actuacion que genere peculado de uso, ni presupuestos adicionales.

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    1. Así es, como está en mi escrito anterior,en el nuevo Poder Judicial que propongo, los candidatos serian seleccionados por la Academia de Ciencias Políticas y Sociales y luego el Congreso ( Bicameral) de esos candidatos seleccionaría los titulares, quedando el resto como suplentes. Gracias apreciado compañero de lucha y colega Arquitecto por tu recomendación. Saludos.

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  2. Buenas noches mi Gral.
    Con respecto al tema propuesto, para conformar la estructura y funciones del próximo Poder Ejecutivo de nuestra República, le confieso que estoy prácticamente de acuerdo en su planteamiento en un 100%.
    Siendo este, un tema, que como Usted bien dice, ha estado siempre revestido de una serie de atribuciones, casi rayando en la total omnisciencia conferida al Presidente electo en cada gobierno que hemos tenido.
    Y este “endiosamiento” del Presidente de turno, es el que ha dado lugar a toda clase de desmanes y desaciertos, que ha llevado a cabo al ejecutivo, en su afán por demostrar las cualidades de “estadista”, que salvo en escasas ocasiones, nunca han demostrado tener.
    Quizás hayan sido, Rómulo Betancourt y Raúl Leoni, los dos únicos verdaderos Presidentes de Venezuela, con verdaderos matices de estadistas. De ahí para adelante, lo que hemos tenido y lo que ha ido prevaleciendo, ha sido el “quitate tu pa´ponerme yo” y también, “a mi no me des, a mi ponme donde aiga”…
    Y lamentablemente, así nos ha ido. Se fue creando un caldo de cultivo apropiado para que intentaran tomar por asalto el poder, Chavez y sus fieles militares. Fracasando en su intento inicial y lográndolo después por la debilidad de un Rafael Caldera, que pasará a nuestra historia, como el mayor cómplice, que permitió liberar y restituir al golpista de Chavez, con todos sus derechos civiles, que le permitiría más tarde, ganar las elecciones y “barrer” del mapa político venezolano a adecos y copeyanos.
    Y así, se convertiría en el ser más despreciable y abominable de nuestra Venezuela, que cuando se haga justicia, será condenado por la alta traición.
    Como se ve y se sabe, nunca hemos logrado tener y mantener un Poder Ejecutivo desligado de esas tentaciones de megalomanía y de un populismo, que todos los que han existido, lo han hecho a base de manipular y aprovecharse de una gran ignorancia y precariedad de una gran masa social, que por un lado, con apenas unas “migajas” que se repartiera, bastaba para comprar voluntades. Y que por otro lado, esa otra parte de la sociedad, la “acomodada clase media”, por lo general, siempre ha buscado “acomodarse” a cada Gobierno, mirando para otro lado, para eludir los verdaderos problemas de nuestra Venezuela, importándole únicamente sus propios intereses para su enriquecimiento personal.
    Yo me sumo a su tesis y solamente me permitiría incluir un punto en su planteamiento, que es, el de que se pueda juzgar al Presidente de la República, como a cualquier otro ciudadano, cuando se le denuncie por cualquier hecho que amerite su investigación, para determinar si haya incurrido en prevaricación de sus funciones o en cualquier otro ilícito.
    Reciba un cordial saludo y cuente conmigo para seguir adelante en esta importante gesta, que Usted, valientemente está abanderando.

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    1. Correcto, ese enjuiciamiento podría darse por vía del Tribunal Constitucional o el nuevo Poder Legislativo (Congreso de la República) el cual propongo sea Bicameral y que publicaré el próximo domingo 12 de Julio Dios mediante. Saludos Carlos desde Caracas y gracias por tu aporte para este proyecto.

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    2. No estoy de acuerdo con 6 años continuos, pero si 3 años con opción a reelección por otros 3 años. Total de 6 años máximo. De esta forma el gobierno se esforzará por hacerlo bien los 1ros 3 años, y si no se esfuerza la segunda tanda de 3 años, que el pueblo pueda pedir cambio.

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  3. Los candidatos a la Presidencia deberán presentar un examen académico y psicológico. Ningún Tarzan podrá representar la República.

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  4. Estimado Gral. Dentro de los cambios que se precisan hacer al poder ejecutivo otro punto que puede ser positivo, sería una especie de control previo a la designación de ministros; que se requiera la aprobación de tales designaciones por parte del senado previa investigación de antecedentes, cualidades e idoneidad para el cargo. También que toda renuncia de un ministro sea presentada y aprobada ante el senado. Otro pequeño cambio debería ser eliminar el titulo de ministro por secretario o director, de forma que dejen de sentirse "súper ciudadanos" y comiencen a actuar como verdaderos servidores públicos.
    Saludos...

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  5. Quiero agregar algo: Los políticos están y nunca dejaran de estar,creo que ya es hora que, le marquemos las reglas del juego, algo así como los diez mandamientos, a los que ellos no deben ni puedan faltar. 1er: Que cada político,que aspire a un cargo de elección popular, haga una declaración jurada,de su Ideología Política y religiosa.y que quede claro que bajo ningun motivo,al estar participando o elegido para algún cargo,le quede totalmente prohibido,saltar talanquera o cambiar de ideología.
    Asi como este ejemplo, hagamos por lo menos 10, articulos que de una vez por todas, les deje claro, que cuando son elegidos, se les entrega las riendas administrativas de país,No el país en comodato, para que hagan con el lo que les de la gana y lo que mas les convenga a sus intereses personales e ideología.

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  6. En otro articulo,seria muy bueno que la ley de sufragio,diga en su primer articulo, que para que una elección presidencial sea valida,el 85.% de los electores tienen que sufragar. Pienso que ese 51.% le gane al 49%, de u universo del 40 o 56 % de los electores, es contra producente,a los intereses de la <nación.

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¡MUERA LA TIRANÍA VIVA A LA LIBERTAD! ... sin duda ¡TRIUNFAREMOS!

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